REGLAMENTO DEL PROGRAMA JUMBO MÁS

El Programa Jumbo Más, organizado por Cencosud S.A. (el “Organizador”), permite a quien se adhiera obtener distintos beneficios (en adelante denominados indistintamente “Beneficios”), a los que se accede a través de puntos obtenidos por sus compras, realizadas: (i) En supermercados e hipermercados Jumbo y Disco listados en el Anexo II de este Reglamento (“Comercios/s”); (ii) En otros puntos de venta que el Organizador pueda disponer en el futuro (también, todos ellos, “Comercio/s”) y (iii) Vía Internet a través de los sitios Web “Disco.com.ar”, “Jumbo.com.ar” y de los demás sitios Web que el Organizador pueda determinar en el futuro (“Sitio/s de Compras”).

Para participar del Programa Jumbo Más (en adelante, también denominado el “Programa”) el interesado deberá adherirse mediante los mecanismos dispuestos por el Organizador para la solicitud de adhesión al Programa que se detallan en este Reglamento (en adelante indistintamente denominados los “Mecanismos de Adhesión”). Una vez presentada la solicitud de adhesión mediante uno cualquiera de los Mecanismos de Adhesión indicados en el punto 1), siguiente, el Organizador generará a favor del solicitante una credencial personal que le permitirá acumular puntos en su cuenta, los que podrán ser utilizados en las condiciones previstas en el presente Reglamento, sus modificaciones, anexos complementarios y circulares exhibidas en los Comercios y Sitios de Compras.

Antes de adherirse al Programa, el interesado deberá leer íntegramente este Reglamento y las Políticas de Privacidad de Cencosud haciendo clic aquí. Previo a la presentación de la solicitud de adhesión al Programa, la solicitud del registro de una credencial del Programa, el uso de una credencial del Programa para la acumulación de puntos y/o el registro en el Sitio Web jumbomas.com.ar o en la App Móvil Jumbo+ el interesado deberá leer y aceptar este Reglamento y las Políticas de Privacidad que se encuentran disponibles en https://www.jumbomas.com.ar/terminosycondiciones y forman parte de este Reglamento. En caso de desacuerdo con las estipulaciones de este Reglamento y con las de las Políticas de Privacidad, no será posible la adhesión del interesado al Programa Jumbo Más.

Ante cualquier duda, consulta o inconveniente con relación al Programa Jumbo Más contactarse al Centro de Atención al Cliente, por teléfono, al número 0810-999-58626, por mail, a jumbomas@cencosud.com.ar y por cualquier otra vía de contacto que el Organizador disponga y comunique a tal fin, en los días y horarios establecidos para ello por el Organizador.

Las bases y condiciones de participación en el Programa Jumbo Más se detallan seguidamente:

1) Quiénes pueden acreditarse como socios participantes.

Puede adherirse al Programa Jumbo Más toda persona humana mayor de dieciocho (18) años que:

  1. A. Solicite la adhesión al Programa Jumbo Más a través de cualquiera de los siguientes Mecanismos de Adhesión: (i) registro vía Web en la sección “Registrate” de la página “www.jumbomas.com.ar” (el “Sitio Web”) o (ii) registro en la Aplicación Móvil Jumbo+ (la “App Móvil Jumbo+”) o (iii) en forma personal, en cualquier local Jumbo o Disco de la República Argentina, o (iv) excepcionalmente el Organizador podrá admitir solicitudes de adhesión mediante su presentación en los formularios papel que el Organizador establezca, en cualquier local Jumbo o Disco de la República Argentina, en los días y horarios de atención que establezca de tiempo en tiempo el Organizador. En estos casos de excepción al Adherente se le entregará una credencial innominada y el Organizador registrará la nueva adhesión bajo el número de documento del Adherente. Si los datos consignados en el formulario se encuentran incompletos (Tipo y Nro. de documento, nombre, apellido y firma) o presentan errores la solicitud de adhesión no podrá ser procesada y se desactivará la credencial entregada.
  2. B. Para la inscripción en el Programa se solicitarán los datos personales de los interesados, que incluyen, entre otros, nombre y apellido completos, nacionalidad, género, fecha de nacimiento, estado civil, documento nacionalidad de identidad (DNI) o pasaporte, cantidad de integrantes de su grupo familiar conviviente - pudiendo los interesados indicar opcionalmente el nombre y apellido, género, y fecha de nacimiento de los hijos que convivan con ellos - dirección postal, número de teléfono fijo, número de teléfono celular y dirección de correo electrónico, no admitiéndose que una misma dirección de correo electrónico sea utilizada en más de una cuenta Jumbo Más.
  3. C. Quienes soliciten su adhesión al Programa en tiendas Jumbo, Disco o Comercios adheridos recibirán del Organizador una tarjeta física Jumbo Más innominada que deberá ser registrada por sus titulares a través del Sitio Web, apartado "Mi cuenta. Mis tarjetas" o de la App Móvil Jumbo+, dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a su primer uso; caso contrario, los puntos acumulados por las compras efectuadas en los Comercios y a través de los Sitios de Compras caducarán automáticamente, de manera irreversible.
  4. D. Todas las credenciales Jumbo Más que los Socios posean en estado “activo” podrán ser utilizadas hasta su renovación y/o solicitud formal de desactivación por parte del Socio o bien por decisión del Organizador, en los casos previstos en este Reglamento.
  5. E. El titular de una credencial que lo acredite como socio del Programa Jumbo Más (“Socio Titular”) tendrá la posibilidad de solicitar una credencial de socio adicional (“Socio Adicional” y junto con el Socio Titular, “Adherentes” o “Socios”) para cualquier persona humana mayor de dieciocho (18) años que no sea Socio Titular o Socio Adicional de otra cuenta del Programa Jumbo Más.
  6. F. El trámite de solicitud de la credencial de Socio Adicional puede efectuarse en forma personal, presentando el Socio Titular su Documento Nacional de Identidad ("DNI") y su credencial en cualquier local Jumbo o Disco de la República Argentina y completando el formulario de asociación que se entrega en los locales, el que deberá ser firmados tanto por el Socio Titular como por la persona que requiere ser Socio Adicional, aceptando las condiciones del Programa, o a través de la sección “Registrate” del Sitio Web o de la App Móvil Jumbo+, siguiendo las instrucciones que se imparten a tal fin.
  7. G. Los puntos que se generen por las compras que el Socio Adicional efectúe en los Comercios y a través de los Sitios de Compras serán acreditados en la cuenta del Socio Titular que hubiese solicitado la adhesión de dicho Socio Adicional al Programa, siendo el Socio Titular el único beneficiario de los puntos que entre ambos Adherentes hayan acumulado. El Socio Titular responderá por los daños y perjuicios que fueran consecuencia de omisiones o actos propios y de los del Socio Adicional tenedor de la credencial adicional emitida con relación a la cuenta del Socio Titular.
  8. H. La sola tenencia de una credencial Jumbo Más no constituye a la persona poseedora de dicha credencial en beneficiaria de los puntos en ella acumulados. Los puntos acumulados corresponden al Socio Titular de la cuenta y la credencial pertenece al Socio Titular o al Socio Adicional que la posee registrada bajo su titularidad.
  9. I. En caso de que un Socio Titular o un Socio Adicional informase su desacuerdo con el Reglamento del Programa vigente en ese momento, lo cual deberá hacer vía mail dirigido a la dirección electrónica jumbomas@cencosud.com.ar, su adhesión al Programa será cancelada por el Organizador y en caso de tratarse de un Socio Titular tendrá treinta (30) días contados desde la fecha en la que hubiere informado su desacuerdo con el Reglamento del Programa para hacer uso de los puntos acumulados en su cuenta, bajo las condiciones estipuladas en el Reglamento. Transcurrido ese plazo el Organizador dará de baja la credencial del Socio Titula automáticamente, sin necesidad de comunicación alguna y los puntos acumulados que no hayan sido utilizados caducarán, también automáticamente y de manera irreversible.
2) Credenciales Jumbo Más.
  1. A. Quienes presenten la solicitud de adhesión al Programa Jumbo Más en un local “Jumbo” o “Disco” de la República Argentina recibirán, en ese acto, una credencial Jumbo Más innominada. Conforme con lo establecido en el punto 1, precedente, esas credenciales Jumbo Más innominadas deberán ser registradas por sus titulares a través del Sitio Web, apartado "Mi cuenta. Mis tarjetas" o de la App Móvil Jumbo+, dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a su primer uso; caso contrario, los puntos acumulados por las compras efectuadas en los Comercios y a través de los Sitios de Compras caducarán automáticamente, de manera irreversible.
  2. B. Quienes no siendo Socios del Programa se registren en el Sitio Web o en la App Móvil Jumbo+ o quienes no estando adheridos al Programa Jumbo Más realicen compras a través de cualquiera de los canales online de “Disco.com.ar” o de “Jumbo.com.ar”, obtendrán una credencial virtual Jumbo Más - con prefijo 801 – mediante la que podrán acumular puntos por sus compras en los Comercios o a través de los Sitios de Compras. Si el cliente posee ya una credencial Jumbo Más activa, el sistema otorgará a la credencial la numeración que el Socio tenga en uso.
  3. C. Las credenciales Jumbo Más innominadas deberán ser registradas por sus titulares a través del Sitio Web, apartado "Mi cuenta. Mis tarjetas" o de la App Jumbo+, dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a su primer uso; caso contrario, los puntos acumulados por las compras efectuadas en los Comercios y a través de los Sitios de Compras caducarán automáticamente, de manera irreversible.
  4. D. La credencial identificadora de los Adherentes al Programa Jumbo Más es de uso exclusivo, personal e intransferible tanto para el Socio Titular como para el Socio Adicional. Está prohibida su transferencia o entrega, transitoria o permanente, a cualquier otra persona. El personal del Organizador podrá solicitar otro tipo de documentación personal que permita corroborar la identidad invocada por el portador de una credencial del Programa Jumbo Más, en todas las ocasiones que lo considere necesario.
  5. E. Es responsabilidad del Adherente consultar su condición dentro del Programa antes de realizar la asociación al Programa de una nueva credencial (por ejemplo, si el cliente es Socio Adicional de una cuenta, aun cuando haya dejado de utilizar dicha cuenta, al obtener una credencial nueva los puntos acumulados irán a esa cuenta anterior, salvo que previamente el cliente realice el trámite de “Separación de cuentas” detallado en el punto “18) Trámites especiales” de este Reglamento). Asimismo, si un Socio del Programa Jumbo Más gestionara el alta de una nueva credencial, conservará su condición preexistente, es decir, será Socio Titular o Socio Adicional, según corresponda. En caso de desear realizar un cambio de su condición de Socio del Programa Jumbo Más deberá realizar el trámite correspondiente según lo detallado en el punto “18) Trámites especiales”, de este Reglamento. Para conocer su condición de Socio dentro del Programa, el cliente podrá comunicarse al 0810-999-58626.
  6. F. La credencial identificadora de los Adherentes al Programa Jumbo Más sirve simplemente como acreditación de la membresía del Adherente al Programa Jumbo Más; no es una tarjeta de pago, de crédito, de identidad, ni puede ser utilizada para fines ajenos al Programa Jumbo Más. En caso de deterioro, perdida, hurto, robo, extravío o uso no autorizado de la credencial identificatoria o de su DNI o Pasaporte o de su contraseña de acceso al Sitio Web o a la App Móvil Jumbo+, los Adherentes deberán dar aviso al Organizador para la anulación de la credencial o blanqueo de la contraseña, según fuera el caso. El Adherente será el único responsable de todo uso que se haga de su credencial identificatoria o de su DNI o Pasaporte o de su contraseña de acceso al Sitio Web o a la App Móvil Jumbo+ en el marco del Programa hasta tanto el Organizador sea notificado fehacientemente de su deterioro, perdida, hurto, robo, extravío o uso no autorizado.
3) Mecanismos para la acumulación de puntos
  1. A. Por cada compra que un Adherente realice en cualquiera de los Comercios o a través de los Sitios de Compras en la que, al momento de abonarla, informe su número de DNI, presente su credencial virtual Jumbo Más o exhiba su credencial física Jumbo Más, cuando se trate de compras en los Comercios o informe el número de su credencial Jumbo Más, cuando se trate de compras a través de Sitios de Compras, se generarán una cantidad de puntos, los que estarán en relación con el producto adquirido, el monto facturado (entiéndase por monto facturado al monto final a pagar por la compra), la fecha de la operación y de las demás circunstancias establecidas de tiempo en tiempo por el Organizador, que serán acreditados en la cuenta del Socio Titular. En caso de compras efectuadas con emisión de Facturas “B” los puntos acumulados con motivo de la transacción solo podrán ser acreditados en la cuenta del Socio bajo el cual se ha emitido la Factura “B”. La cantidad máxima de operaciones admitidas por día son tres (3).
  2. B. Las compras en los Comercios y Sitios de Compras que habilitan a la obtención de puntos son las efectuadas para consumo propio y del grupo familiar de los adquirentes. No otorgarán derecho a puntos las compras de productos efectuadas en los Comercios o Sitios de Compras por cuenta y orden de terceros, como es el caso, por ejemplo, de las efectuadas por “shoppers” de las aplicaciones “Rappi”, “Pedidos Ya” y similares ni las compras de productos efectuadas para ser destinados a la reventa.
  3. C. No otorgarán derecho a puntos los pagos realizados en canjes bajo modalidad puntos + pesos.
  4. D. No otorgarán derecho a puntos las compras realizadas en los Comercios o a través de los Sitios de Compras donde la modalidad de pago utilizada sea con cupones Pesoscheck (formato físico o electrónico).
  5. E. La cuenta acumulará puntos una vez que el Socio Titular y/o el Socio Adicional hayan recibido su credencial que los acredite como participantes del Programa Jumbo Más, adquieran productos en cualquiera de los Comercios o a través de cualquiera de los Sitios de Compras, informen su número de DNI y exhiban su credencial Jumbo Más o informen al momento de abonar cada compra el número de su credencial Jumbo Más – según fuera el caso. Sin embargo, en el caso de las credenciales Jumbo Más innominadas - cuyos números comienzan con las cifras “803”, “804” u “806” – si tales credenciales no fuesen registradas por sus titulares a través de la página Web www.jumbomas.com.ar, apartado "Mi cuenta. Mis tarjetas" o la App móvil Jumbo+, dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a su primer uso, los puntos acumulados por las compras efectuadas en los Comercios y a través de los Sitios de Compras caducarán automáticamente, de manera irreversible, de conformidad con lo establecido más arriba, en el punto 1) C. de este Reglamento.
  6. F. Las compras realizadas por el Adherente en las que omita informar su número de DNI, presentar su credencial virtual Jumbo Más o exhibir su credencial física Jumbo Más, cuando se trate de compras en los Comercios o informar el número de su credencial Jumbo Más, cuando se trate de compras a través de Sitios de Compras no generarán puntos, créditos ni derecho a reclamo alguno a favor del Adherente.
  7. G. El Organizador podrá aplicar cualquier factor de corrección que considere oportuno para aumentar de manera temporaria los puntos correspondientes a la compra de determinados productos, a las compras realizadas en determinados momentos, en función al medio y la forma de pago utilizada o por cualquier otra razón comercial o promocional que el Organizador establezca. El beneficio de puntos adicionales por determinadas promociones será anunciado por los medios que el Organizador considere más eficaces, encontrándose en todos los casos expuestos en los accesos de los Comercios y en las páginas principales de los Sitios de Compras.
  8. H. En ningún caso los puntos acumulados en una cuenta podrán ser transferidos a otra.
  9. I. Si por alguna circunstancia un Adherente del Programa Jumbo Más devolviese mercadería a un Comercio o Sitio de Compra y se le reintegrara el importe abonado por la misma, los puntos acumulados al momento de la compra serán descontados de la cuenta del Socio Titular, ateniéndose a las promociones vigentes al día de efectuada la devolución, pudiendo – eventualmente – la cuenta del Socio Titular quedar con saldo negativo, que se regularizará a medida que acumule nuevos puntos.
  10. J. El Programa Jumbo Más puede ser ampliado en cualquier momento con respecto al ámbito de su aplicación, extendiéndose la posibilidad de acumular puntos por las compras efectuadas en otros comercios adheridos al Programa Jumbo Más, los que estarán adecuadamente identificados. El Organizador comunicará estas modificaciones por los medios que estime más convenientes.
  11. K. A partir del 17 de mayo de 2012 se ha extendido la posibilidad de acumular puntos en el Programa Jumbo Más a las compras realizadas en las sucursales de Supermercados Disco que se enumeran en el Anexo II de este Reglamento (a partir del 17/5/12, también “Comercio/s”).
  12. L. A partir del 1° de abril de 2021, la cantidad de puntos acumulados por los socios del Programa se redujo en dos (2) dígitos; por ejemplo, un Adherente que poseía al 31 de marzo de 2021 diez mil (10.000) puntos pasó a tener, a partir del 1° de abril de 2021, cien (100) puntos y asimismo se redujo en dos (2) dígitos la cantidad de puntos necesarios para la obtención de los Beneficios ofrecidos en el catálogo del Programa; por ejemplo, un Beneficio cuyo costo al 31 de marzo de 2021 era de diez mil (10.000) puntos pasó a tener un costo el 1° de abril de 2021 de cien (100) puntos, de modo tal que el poder adquisitivo de los puntos permaneció inalterado, no obstante su reducción en términos nominales.
4) Vigencia de la acumulación de puntos
  1. A. Si trascurrieran cuatro (4) meses seguidos sin que un Adherente realice compras en cualquiera de los Comercios o a través de los Sitios de Compras y sume puntos en su cuenta, caducará la totalidad del saldo de puntos de dicho Adherente, quedando su cuenta en cero (0) puntos. Excepto en el supuesto precedente, los puntos acumulados caducarán a los veinticuatro (24) meses de haber sido obtenidos. Al producirse la caducidad de los puntos se realizará el descuento de estos en la cuenta del Socio Titular.
  2. B. Al canjearse un Beneficio se imputarán los puntos vigentes más antiguos en primer lugar. La utilización de puntos para el canje por un Beneficio no implica la extensión de la vigencia de los puntos remanentes, conservando estos la vigencia original relacionada con su fecha de generación.
  3. C. Si transcurrieran treinta (30) días corridos desde el primer uso de una credencial innominada - cuyos números comienzan con las cifras “803”, “804” u “806” - sin que sea registrada por su titular a través de la página Web www.jumbomas.com.ar, apartado "Mi cuenta. Mis tarjetas" o de la App Jumbo+, los puntos sumados con esa credencial caducarán automáticamente y de manera irreversible, en su totalidad, quedando la cuenta en cero (0), y así sucesivamente caducarán los puntos obtenidos cada 30 (treinta) días, hasta que la credencial sea registrada.
5) Escalas de puntos y niveles de regalos
  1. A. La acumulación de puntos a partir del 01/09/2023 se realizará cada doscientos pesos ($200,-) de compra; los montos menores a doscientos pesos ($ 200,-) no generarán puntos, cualquiera sea el monto de la fracción. Por ejemplo, una compra efectuada en los Comercios o en los Sitios de Compra por un importe de doscientos pesos ($200,-) generará siete (7) puntos, una compra de doscientos cuarenta y cinco pesos ($245,-) generará igualmente siete (7) puntos, una compra de trescientos setenta y nueve pesos ($379,-) generará asimismo siete (7) puntos y una compra de cuatrocientos pesos ($400,-) generará catorce (14) puntos.
  2. B. En los locales Jumbo y Disco de la República Argentina, mediante carteles informativos exhibidos en puntos estratégicos, en la App Móvil Jumbo+ y en el Sitio Web se encuentra anunciado el puntaje que es necesario canjear para la obtención de cada Beneficio.
  3. C. El Organizador se reserva el derecho de modificar la cantidad de puntos necesaria para acceder a los Beneficios, asumiendo el compromiso de anunciarlo adecuadamente en las sucursales de los Comercios, en los Sitios de Compras, en la App Móvil Jumbo+ y en el Sitio Web con una anticipación razonable. Los Beneficios se encuentran sujetos a disponibilidad de stock al momento de su reclamo. El stock de Beneficios será informado en https://www.jumbomas.com.ar/catalogo.
6) Período en el que se puede acumular puntos
  1. A. Desde que el Socio tiene habilitada su credencial hasta que el Organizador lo determine.
  2. B. El Programa estará dividido en etapas, habiendo finalizado la primera etapa el 19/8/99.
  3. C. La segunda etapa, también finalizada, estuvo entre el 20/8/99 y el 31 de marzo de 2021.
  4. D. La tercera etapa del Programa comenzó el 1° de abril de 2021 y continuará vigente hasta que el Organizador lo determine.
  5. E. El Organizador anunciará públicamente y con una antelación razonable, la fecha de terminación de la etapa vigente.
7) Para qué se pueden utilizar los puntos acumulados
  1. A. Los puntos pueden ser canjeados por Beneficios (ver catálogo de Beneficios en https://www.jumbomas.com.ar/catalogo.) y también para el pago total o parcial de cualquier artículo en venta en los locales “Jumbo” y “Disco” listados en el Anexo I de este Reglamento (también esos pagos se denominarán en este Reglamento “Beneficio/s”). Al acumular el puntaje correspondiente a un determinado nivel de Beneficio, el Socio Titular podrá canjearlos por un Beneficio o continuar acumulando puntos dentro de la vigencia indicada en el punto 4) “Vigencia de la acumulación de puntos”, precedente.
  2. B. Los Beneficios consistentes en bienes y servicios podrán ser comunicados mediante láminas informativas en los locales Jumbo y Disco de la República Argentina, en la App Móvil Jumbo+ y en el Sitio Web.

    C. El saldo de puntos luego de canjeado un Beneficio, será el total de puntos obtenidos menos los necesarios para acceder a dicho Beneficio.

8) Cómo controlar los puntos acumulados
  1. A. Los puntos acumulados por los Socios Titulares pueden controlarse en el ticket correspondiente a cada compra, donde se encontrará el puntaje generado por la misma y el total de puntos acumulados, en los locales Jumbo y Disco de todo el país, en la App Móvil Jumbo+, en el Sitio Web, y telefónicamente en los números 0810-999-58626 y 0810-777-8888. En el caso de que existieran diferencias entre los puntos acumulados en la cuenta de un Socio Titular y/o que el Socio Titular considera tener acumulados, se realizará una revisión detallada de todos los comprobantes presentados por el Socio Titular en cualquier local Jumbo o Disco de la República Argentina; por esta razón todos los tickets de compra contendrán las claves necesarias para la identificación de las operaciones efectuadas y el origen de estas.
  2. B. Será responsabilidad exclusiva de los Adherentes el conservar los tickets de cada compra; en caso de no contar con esta documentación para respaldar un reclamo, se dará por válida la información proveniente del Programa Jumbo Más.
9) Quiénes pueden hacer canjes, retirar y/o hacer uso de Beneficios

Pueden hacer canjes, retirar y/o hacer uso de Beneficios:

  1. A. El Socio Titular de la cuenta Jumbo Más con Documento Nacional de Identidad ("DNI"), comprobante de canje y su credencial digital o física Jumbo Más, en la sucursal seleccionada como "Lugar de retiro" dentro de los horarios de atención indicados en el Comercio. En el caso de canje de Beneficios por la modalidad “Puntos más Pesos”, deberá abonar la suma en pesos que en cada caso corresponda en forma previa a la entrega del Beneficio y suscribir un recibo de Beneficio.
  2. B. El Socio Adicional de la cuenta Jumbo Más que haya sido autorizado desde el Sitio Web o la App Móvil Jumbo+ por el Socio Titular, en cuyo caso solo podrá retirar y/o utilizar los Beneficios para los que cuente con autorización. La autorización de canje solo se encuentra disponible para los canjes on line, los canjes presenciales solo podrán ser realizados por el Socio Titular de la cuenta.
  3. C. El Socio Adicional Jumbo Más autorizado, deberá presentarse con su Documento Nacional de Identidad ("DNI"), comprobante de canje a su nombre y su credencial digital o física Jumbo Más, en la sucursal seleccionada como "Lugar de retiro" dentro de los horarios de atención indicados en el Comercio. En el caso de canje de Beneficios por la modalidad “Puntos más Pesos”, deberá abonar la suma en pesos que en cada caso corresponda en forma previa a la entrega del Beneficio y suscribir un recibo de Beneficio.
  4. D. La revocación de autorización para canjes de un Socio Adicional aplicará desde la fecha de la presentación de la nota de revocación; las operaciones de canjes ya autorizadas antes de ese hecho no podrán ser anuladas.
  5. E. Ambos Adherentes bajo sus condiciones de Socio Titular y Socio Adicional deberán cumplir con los términos y condiciones del presente Reglamento.
10) Gestión de autorización para canjes de un Socio Adicional “Jumbo Más”

Para la gestión de autorización de un Socio Adicional para efectuar canjes:

  1. A. La cuenta del Socio Titular Jumbo Más tiene que contar con un Socio Adicional ya registrado. En caso de no contar con uno, el Socio Titular podrá realizar el trámite de adhesión del Socio Adicional desde el Sitio Web o la App Móvil Jumbo+ ingresando al apartado "Mi cuenta" o de manera presencial bajo las condiciones indicadas en el punto 1 E y F del presente reglamento.
  2. B. El Socio Titular de la cuenta Jumbo Más podrá autorizar a su Socio Adicional a realizar canjes on line ingresando desde el Sitio Web o la App Móvil Jumbo+ al apartado “Mi cuenta - Mi Adicional - Autorización".
  3. C. El Socio Titular podrá optar por otorgar la autorización de realizar canjes on line a su Socio Adicional por un plazo indefinido o por un plazo determinado, con la posibilidad de autogestionar la revocación del permiso otorgado al Socio Adicional a través del Sitio Web o la App Móvil Jumbo+ desde el apartado “Mi cuenta – Editar autorización”.
  4. D. La revocación de la autorización aplica a partir de la fecha de su presentación, quedando exceptuados los canjes que hayan sido realizados por Socio Adicional Jumbo Más hasta esa fecha.
  5. E. Es responsabilidad del Socio Titular el dar aviso de la revocación de sus permisos al Socio Adicional sin que pueda mediar ningún tipo de reclamo al Organizador por parte de este.
  6. F. Los canjes presenciales de Beneficios en todos sus tipos no están alcanzados por las autorizaciones emitidas para la realización de canjes, pudiendo ser generados y/o retirados únicamente por el Socio Titular de la cuenta.
11) Cómo canjear puntos por Beneficios
  1. A. Para el canje de puntos por los bienes tangibles listados en https://www.jumbomas.com.ar/catalogo, siempre que estos no indiquen que están habilitados de manera exclusiva para el canje on line, el Socio Titular de la cuenta deberá presentarse personalmente en cualquier local Jumbo o Disco de la República Argentina, con su credencial y su Documento Nacional de Identidad. El Socio Titular de la cuenta deberá firmar el formulario de "Retiro de Bienes" y entregarlo en el local Jumbo o Disco, presentando simultáneamente su credencial del Programa Jumbo Más y su Documento Nacional de Identidad. El Bien requerido le será entregado únicamente al Socio Titular en el local Jumbo o Disco en que lo hubiese solicitado, a los quince (15) días hábiles de efectuada dicha solicitud, dentro de los días y horarios de atención de la tienda. El canje de puntos por Bienes podrá asimismo solicitarse mediante el Sitio Web o mediante la App Móvil Jumbo+. Para ello, el Socio Titular deberá previamente crear – por única vez – una contraseña especial en el Sitio Web o en la App Móvil Jumbo+ (en adelante, “Contraseña para el Canje”), elegir el Bien que quiera canjear por los puntos establecidos para efectuar dicho canje, completar un formulario electrónico con los datos allí requeridos y seleccionar el local Jumbo o Disco en el cual retirará el Beneficio. Una vez cumplido lo anterior, el Organizador enviará, a la dirección de correo electrónico informada por el Socio Titular al registrarse en el Programa, el comprobante de confirmación que generará el Sitio Web o la App Móvil Jumbo+ (en adelante, “Comprobante de Confirmación”). El Beneficio deberá ser retirado personalmente por el Socio Titular o por el Socio Adicional autorizado, a partir del día establecido en el Comprobante de Confirmación y no más allá de los treinta (30) días de esa fecha, en los días y horarios de la tienda, exhibiendo en el local seleccionado para el retiro, su credencial del Programa Jumbo Más, su Documento Nacional de Identidad y su Comprobante de Confirmación. Pasados los treinta (30) días contados a partir de la fecha en que el Beneficio esté disponible para su retiro, el Adherente perderá todo derecho a reclamar su entrega y Cencosud S.A. podrá disponer del Beneficio. No podrá requerirse el reintegro de los puntos correspondientes a aquellos Beneficios solicitados que no hayan sido retirados por el Socio en el plazo de treinta (30) días mencionado precedentemente.
  2. B. Para el canje de puntos por Beneficios que consistan en estadías, viajes, Gift Card, espectáculos y/o, experiencias listadas en el Sitio Web o en la App Móvil Jumbo+ (“Servicio/s”), el Socio Titular o adicional autorizado deberá leer las condiciones de uso de cada una antes de completar el proceso de canje. El proseguir con la operación implica la aceptación de las condiciones de uso allí informadas.
  3. C. Beneficios consistentes en descuentos en el precio total o parcial de una compra presencial de productos a la venta efectuada en los locales Jumbo o Disco listados en el Anexo I de este Reglamento (“Comercios/s”), el Socio Titular de la cuenta deberá presentar en la línea de caja del local elegido su credencial del Programa Jumbo Más junto con el documento que acredite su identidad. Dos (2) “vouchers” serán impresos y entregados al Socio Titular. Uno (1) de ellos quedará como comprobante de la operación y otro será, previa firma del Socio Titular, conservado por la Sala. El descuento realizado (el “Descuento”) no será considerado a efectos de calcular los puntos acumulados por la compra, a cuyos fines solo se considerará el importe efectivamente abonado con dinero en efectivo u otros medios de pago habilitados. El mínimo de puntos requerido para los Descuentos y para el resto de los Beneficios será informado a través de la sección de preguntas frecuentes del sitio. La relación puntos/descuento, a partir del 01/09/2023, es de cien pesos ($100,-) de Descuento por cada mil doscientos (1.200) puntos canjeados. La relación puntos/descuento podrá ser periódicamente modificada por el Organizador, asumiendo el compromiso de anunciarlo adecuadamente en las sucursales de los Comercios. Los Descuentos se aplicarán únicamente en compras efectuadas presencialmente en locales Jumbo o Disco y no podrán ser aplicados al pago de servicios ni a compras realizadas por vía telefónica o vía Web ni en ningún otro lugar distinto de los listados en el Anexo I de este Reglamento. Si los productos comprados mediante la utilización de estos Descuentos fueran devueltos en todo o en parte, los puntos canjeados por el Descuento serán devueltos a la cuenta del Socio Titular en proporción al valor de los productos devueltos.
12) Cómo canjear puntos + pesos por Beneficios

Si el Adherente elige la modalidad de puntos + pesos, las opciones habilitadas son:

  1. A. Canje presencial en sucursales Jumbo o Disco. Pasos:
    1. 1. El Socio Titular deberá concurrir a cualquiera de los locales Jumbo o Disco de la República Argentina, presentar al encargado de Jumbo Más del local su credencial del Programa Jumbo Más y su documento, solicitará un Beneficio dentro de los disponibles para canje en la tienda y abonará durante el proceso de canje presencial el importe correspondiente al Beneficio elegido. En la caja del Comercio se realizará tanto la deducción de punto de la cuenta correspondiente al canje como el cobro del importe asignado al beneficio.
    2. 2. El Socio Titular recibirá un ticket (voucher) donde se indicará el detalle del producto canjeado y la suma abonada. El importe abonado por el Beneficio elegido, bajo la modalidad puntos + pesos, no será considerado para el cálculo de puntos.
    3. 3. El Beneficio requerido será entregado en el local Jumbo o Disco en que lo hubiese solicitado, dentro de los quince (15) días hábiles de efectuada la solicitud de canje. Para el retiro del beneficio será requerida la presentación del voucher de canje y del ticket aludido respectivamente en los puntos 1 y 2, precedentes. El voucher quedará en manos del Comercio, mientras que el ticket sellado en el local Jumbo o Disco al Cliente quedará en poder del Socio Titular
  2. B. Canje on line a través del Sitio Web o de APP Móvil Jumbo+. Pasos:
    1. 1. El Socio Titular o su adicional autorizado, ingresará al Sitio Web o en App Móvil Jumbo+ con su usuario y contraseña de registro. Una vez dentro de su sesión personal podrá seleccionar el/ los Beneficio/s a los cuales desea acceder con el saldo de sus puntos, tipo de canje y modalidad de retiro. Al finalizar la operación será enviado a la casilla de correo, utilizada para el login, un comprobante de canje (comprobante) con el resumen de la transacción.
    2. 2. Una vez se le comunique que el Beneficio está disponible para su retiro, el Socio tendrá que concurrir a la sucursal seleccionada en el proceso de canje. Para el retiro del beneficio será requerida la presentación del comprobante aludido en el punto 1 precedente junto con su documento de identidad y el pago del importe correspondiente al Beneficio elegido. El ticket de pago sellado quedará en poder del Socio y el Comercio conservará él remito original de entrega firmado por el Socio. El importe abonado, bajo la modalidad puntos + pesos, no será considerado para el cálculo de puntos
    3. 3. El Beneficio requerido será enviado al local Jumbo o Disco seleccionado al momento de la solicitud de canje, dentro de los quince (15) días hábiles de efectuada dicha solicitud.

La modalidad puntos + pesos no podrá ser utilizada en transacciones de canje de Beneficios por Descuentos

13) Los Beneficios
  1. A. Los Beneficios se encuentran sujetos a disponibilidad y serán entregados hasta el agotamiento de su stock.
  2. B. La disponibilidad de los productos ofrecidos en el Sitio Web y/o la App Móvil Jumbo+ están sujetos al movimiento diario de stock del sitio de navegación y/o del centro de distribución que recibe y prepara el pedido. Por lo tanto, alguno de los productos seleccionados puede no encontrarse en stock al momento de intentar completar la orden de canje o bien al momento de preparar la orden de envío del canje efectuado por el usuario, en cuyo caso se procederá con la anulación de la operación y la correspondiente devolución de los puntos insumidos en la cuenta del Adherente.
  3. C. Las tasas, impuestos o recargos fiscales de cualquier tipo, actuales o futuros, que pudieran gravar a los Beneficios, estarán a exclusivo cargo del Adherente que obtuvo el Beneficio.
  4. D. Los Beneficios consistentes en Bienes podrán ser cambiados en los locales Jumbo y Disco de Argentina, por otros iguales, en caso de tener alguna falla, dentro de las setenta y dos (72) horas de efectuado el canje primitivo, para lo cual deberá requerirse la presencia del encargado del Programa Jumbo Más. Pasado este tiempo rige la garantía establecida en la ley 24.240, de Defensa del Consumidor. En caso de que el reemplazo de un producto defectuoso no estuviere disponible o no pudiese ser obtenido por el Organizador en condiciones de mercado, el Organizador podrá devolver al Adherente los puntos canjeados, los que en tal caso serán acreditados en la cuenta del Socio Titular y mantendrán la vigencia que tenían originalmente, antes de efectuar el canje.
  5. E. Cuando el canje de puntos por Beneficios sea solicitado mediante el Sitio Web o mediante la App Móvil Jumbo+ o por cualquier otro medio de comunicación a distancia, el Socio Titular que solicite el Beneficio podrá revocar dicho canje, en los términos establecidos por los artículos 34 de la ley 24.240, de Defensa del Consumidor y 1.110 del Código Civil y Comercial de la Nación, dentro de los diez (10) días corridos contados desde que el Adherente haya retirado el Beneficio o haya recibido la Gift Card, el 'voucher' o la documentación que en cada caso corresponda y que le otorga el derecho al goce del Beneficio, enviando un e-mail a jumbomas@cencosud.com.ar en el cual deberá indicar sus datos personales (nombre y apellido completos y número de DNI), el número de su credencial Jumbo Más y la descripción del Beneficio. Para ejercer el derecho de revocación el Adherente deberá poner el Beneficio a disposición del Organizador sin haberlo usado y manteniéndolo en el mismo estado en que lo recibió.
  6. F. El Organizador declina expresamente cualquier tipo de responsabilidad sobre las consecuencias que pudieren generarse por la incorrecta utilización de los Beneficios.
  7. G. El Organizador podrá variar los Beneficios ofrecidos durante la vigencia del Programa Jumbo Más al agotarse el stock disponible de cada uno de ellos.
  8. H. Los Adherentes podrán acceder también a los Beneficios de los comercios que ofrezcan descuentos especiales (los “Comercios Adheridos”) y otros que se publiquen en el catálogo de Beneficios (conforme sus condiciones y vigencia). Los Comercios Adheridos que deban realizar los descuentos u otorgar los Beneficios serán responsables por las faltas de atención, información y/o realización del descuento y/o promoción.
  9. I. El Organizador podrá otorgar descuentos especiales en uno o más de los Comercios o Sitios de Compras, por tiempo limitado u otros beneficios que establezca (indistintamente, “Oferta/s Especial/es”), a los Socios Titulares que, en función de un mínimo de compra mensual realizado en los Comercios y Sitios de Compras, establecido por el Organizador de tiempo en tiempo, y mantenido durante los 3 (tres) meses precedentes - o el plazo que en el futuro establezca el Organizador -, habilite a los Socios para ser categorizados como Socio/s Jumbo Prime por Mérito (los Socios Jumbo Prime por Mérito, conjuntamente con los Socios Titulares y con los Socios Adicionales serán también denominados en este Reglamento como “Socio/s” o “Adherente/s”, indistintamente). La condición de "Jumbo Prime por Mérito" aplica tanto a la cuenta del Socio Titular como a la de su Socio Adicional.
  10. J. La condición de Socio Jumbo Prime por mérito tendrá una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha de su otorgamiento. El beneficio podrá ser renovado por el Organizador cuando el/ los Adherente/s hubiesen adquirido el monto mínimo de compra mensual en los Comercios o Sitios de Compras entonces vigente durante los 3 (tres) meses precedentes al vencimiento de su condición de Socio Jumbo Prime por Mérito o del plazo que en el futuro establezca el Organizador. A fin de determinar el consumo mensual del Socio, se considerarán las compras efectuadas para consumo propio o del grupo familiar, que no estén alcanzadas por otras promociones o descuentos ni hubiesen sido abonadas mediante Pesoscheck.
  11. K. Ni los Puntos ni los Beneficios serán canjeados por dinero o por otros Beneficios distintos a los informados en el catálogo vigente.
14) Beneficios con envío a domicilio
  1. A. Los Beneficios habilitados para ser entregados a través del servicio de envíos a domicilio, serán los canjeados por el Socio Titular o su Adicional autorizado mediante el Sitio Web o la App Móvil Jumbo+ bajo la modalidad solo puntos.
  2. B. El servicio de envío a domicilio tendrá un costo en puntos que se descontará del saldo acumulado en la cuenta del Socio Titular al momento de realizar el canje, junto con los puntos requeridos para el Beneficio.
  3. C. Es responsabilidad del Socio verificar, antes de aceptar el detalle del canje: productos, cantidades, puntos, costo del servicio, domicilio de entrega, responsable de recepción y todo otro dato relevante. El domicilio de envío no podrá ser modificado una vez procesado el canje.
  4. D. El envío del Beneficio se realizará a partir de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores a la fecha informada en el comprobante de canje, en los días y horarios habilitados para el servicio de envíos a domicilio de supermercados Jumbo o Disco.
  5. E. La entrega del Beneficio podrá ser recibida por el Socio que efectuó el canje o por la persona autorizada (el “responsable de recepción”), mediante el Sitio Web o la App Móvil Jumbo+, que sea mayor de 18 años y acredite su identidad presentando su DNI. Se deberá informar durante el proceso de canje, el DNI, nombre y apellido de la persona que recibirá el producto en caso de no ser el Socio Titular.
  6. F. Pasados treinta (30) días contados a partir de la fecha en que el Beneficio esté disponible para su envío al domicilio seleccionado, si no se ha podido concretar la entrega por razones ajenas a Cencosud S.A., este podrá disponer del Beneficio. El Socio perderá todo derecho a reclamar su entrega y no podrá requerirse el reintegro de los puntos. El Adherente será responsable por las consecuencias que pudieran generarse por la incorrecta utilización de los Beneficios.
15) Condiciones para devolución de un Beneficio con envío a domicilio
  1. A. Al momento de la recepción del Beneficio el Socio Titular o el autorizado que lo reciba deberá revisar y verificar las condiciones en que se encuentre el Beneficio, pudiendo en ese momento rechazar la entrega si no estuviese en perfecto estado.
  2. B. Una vez recibido el Beneficio, el cambio por otro igual o su devolución por fallas o defectos de fabricación podrá efectuarse dentro de las setenta y dos (72) horas corridas posteriores a la fecha de recepción.
  3. C. El Beneficio para ser devuelto deberá encontrarse en las mismas condiciones en las que fue entregado. Es requisito fundamental para la realización del cambio y/o devolución, que el producto se encuentre sin uso, con el embalaje o empaque original, con sus etiquetas en perfectas condiciones y con todos los accesorios, manuales y certificados de garantía según corresponda.
  4. D. En caso de que el reemplazo de un Beneficio defectuoso no estuviere disponible o no pudiese ser obtenido por el Organizador en condiciones de mercado, el Organizador podrá devolver los puntos canjeados, los que en tal caso serán acreditados en la cuenta del socio titular y mantendrán la vigencia que tenían originalmente, antes de efectuar el canje.
  5. E. Superados los plazos informados y/o si el Beneficio ha sido utilizado y presentase fallas, el Socio deberá dirigirse al servicio técnico del producto.
  6. F. El organizador se reserva el derecho de aceptar cambios o devolución si los productos no se encuentran dentro de los parámetros mencionados.
16) Pérdida de la condición de Socio
  1. A. El Organizador podrá suspender o dar de baja las cuentas del Programa y requerir la devolución o desactivar, cancelar o suspender las credenciales asociadas a dichas cuentas cuando los Adherentes abusen o hagan un uso indebido del Programa. El abuso o uso indebido del Programa Jumbo Más, el incumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento o el fraude producirá la baja automática de los Adherentes al Programa incluyendo a los Socios Titulares, así como también a los Socios Adicionales y a los Socios Premium, sin derecho a reclamo respecto de puntos acumulados, que caducarán automáticamente y sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que pudieran corresponder al Organizador. Se entenderá que existe abuso, uso indebido, incumplimiento del Reglamento o fraude, sin perjuicio de otros supuestos que pudiesen configurarlos, cuando se acumulen o se pretendan acumular puntos a favor de la cuenta de un Adherente Jumbo Más que realice compras por cuenta y orden de terceros o de cualquier otra forma que implique que el Socio Titular de la tarjeta Jumbo Más o su Adicional acumule o pretenda acumular  puntos en compras no haya efectivamente realizado para su consumo personal o de su grupo familiar, o se pretendan acumular puntos en favor de un Socio Titular que pertenezcan a la cuenta de otro Socio Titular.
  2. B. Se entenderá especialmente – sin limitación de otros supuestos - que existe abuso o uso indebido del Programa Jumbo Más cuando un Adherente adquiera en uno o más de los Comercios o Sitios de Compras, durante el plazo de vigencia de una oferta o de una Oferta Especial, una cantidad mayor de unidades de uno o más productos objeto de tales ofertas u Ofertas Especiales que la establecida como máxima en cada caso y/o cuando adquiera tales productos, aún dentro de los límites cuantitativos establecidos en la oferta o en la Oferta Especial, para terceros o para ser destinados a su reventa y no para consumo propio del Adherente y de su grupo familiar.
17) Consideraciones Generales
  1. A. La participación en el Programa Jumbo Más está sujeta a los términos y condiciones establecidos por el Organizador. Cada Socio solo podrá tener una única cuenta en el Programa Jumbo Más. En caso de que un Socio tuviese más de una cuenta, la o las cuentas más recientes serán canceladas, sin necesidad de aviso previo al Socio. Los puntos acumulados en las cuentas canceladas no serán traspasados a la cuenta original si el Organizador determina que los puntos acumulados pertenecen a una cuenta sospechada de abuso o fraude o si fuese cancelada por haber proporcionado el Socio información falsa. En el caso excepcional que el Organizador autorice el reconocimiento de los puntos vigentes (no vencidos) los mismos serán transferidos a la cuenta que permanezca activa, con el mismo plazo de vigencia original.
  2. B. La presentación de la solicitud de adhesión al Programa Jumbo Más o su ingreso a través del Sitio Web o de la App Móvil Jumbo+ implica reconocer el derecho del Organizador de publicitar, en la forma y por los medios que considere conveniente, los nombres de los Adherentes, con mención de sus Beneficios, sin lugar a ningún tipo de compensación y sin que sea necesario requerirles otra autorización adicional.
  3. C. Las condiciones establecidas en este Reglamento pueden ser variadas total o parcialmente por parte del Organizador. El Organizador podrá, en cualquier momento, incorporar o excluir Comercios y Sitios de Compras participantes del Programa. Tales modificaciones serán anunciadas adecuadamente y con una anticipación razonable.
  4. D. La actividad del Programa Jumbo Más cesará, provisoria o definitivamente, por la sola circunstancia de que el Organizador así lo decida y lo comunique públicamente en los Comercios y Sitios de Compras con anticipación razonable, debiendo en tal caso los Adherentes canjear sus puntos en el plazo que al efecto se establezca. Copias de este Reglamento y toda otra información pertinente están a disposición de los interesados en todos los Comercios, Sitios de Compras, en la App Móvil Jumbo+ y en el Sitio Web.
  5. E. Si se operase el cese de una etapa y dicho cese implicara la caducidad o pérdida de algún Beneficio y el Socio Titular no hubiera hecho valer sus derechos reclamando y retirando el Beneficio correspondiente a los puntos acumulados, tales puntos acumulados caducarán y el Socio Titular perderá el derecho a solicitar Beneficios en lo sucesivo relacionados con los puntos caducos y no podrá solicitar ningún tipo de compensación ni indemnización.
  6. F. El Adherente presta su conformidad para la información que ha brindado en la solicitud sea utilizada por Cencosud S.A. con fines comerciales.
  7. G. El socio como usuario registrado del sitio Web Jumbo Más y/o de la App Móvil Jumbo+ es responsable de realizar el cierre de sesión de su cuenta de manera periódica, así como de instalar las actualizaciones disponibles de versión de la App Móvil Jumbo+. El no realizar estas acciones o realizarlas de manera incorrecta podrán ocasionar que el navegar Web y/o el dispositivo móvil almacenan información de sesiones anteriores. Esto puede generar que el usuario visualice información desactualizada y consecuentemente incorrecta del Programa Jumbo Más (productos, puntos, beneficios, etc.).
18) Trámites especiales
  1. A. Durante la vigencia del Programa se podrá solicitar la separación del Socio Adicional de la cuenta del Socio Titular a la que esté adherido, a solo requerimiento de uno cualquiera de ellos. La solicitud de separación se deberá efectuar por medio de la “Carta de Separación” que le será provista al Adherente por el Organizador a su solicitud. Conforme con lo establecido en el punto 1) G de este Reglamento, el Socio Adicional separado de la cuenta compartida con el Socio Titular se retirará de dicha cuenta con 0 (cero) puntos, sin que pueda mediar ningún tipo de reclamo al Organizador.
  2. B. Durante la vigencia del Programa y por única vez, el Socio Titular podrá solicitar el cambio de titularidad de su cuenta a favor de su Socio Adicional, mediante la firma de la “Carta de Cambio de Titularidad” que le será provista por el Organizador a su requerimiento. Al realizar esta acción el Socio Titular entiende que cede todos sus derechos sobre los puntos acumulados en la cuenta al Socio Adicional. Ambos Adherentes bajo sus nuevas condiciones de Socio Titular y de Socio Adicional deberán cumplir con los términos y condiciones del presente Reglamento.
  3. C. En caso de fallecimiento del Socio Titular, no existiendo al momento del suceso Socio Adicional declarado mayor de 18 años, los puntos acumulados y/o los Beneficios canjeados quedarán a disposición del Organizador, dado que ni los puntos ni los Beneficios son transferibles a herederos, legatarios ni a ningún otro tercero. En tales casos, se procederá al cierre de la cuenta del Socio fallecido y a la cancelación de los puntos acumulados que se encontrasen vigentes. En caso de que la cuenta contase al momento del fallecimiento del Socio Titular con Socio Adicional declarado mayor de 18 años, este podrá solicitar el cambio de Titularidad previa presentación de la documentación que avale el deceso del Socio Titular y firma de la carta correspondiente.
19) Los puntos beneficio de renovación de la Tarjeta Cencosud no son válidos para el Programa Jumbo Más

Al suscribir el contrato con Tarjeta Cencosud el Socio entiende y acepta que se asocia de manera adicional al Programa Jumbo Más. La numeración de referencia a la cuenta del Socio Jumbo Más se ubica en el reverso de su Tarjeta Cencosud bajo un formato de código de barra, compuesto por trece (13) dígitos. Los puntos Jumbo Más, mediante el uso de ese código se generan, únicamente, con la realización de las transacciones informadas en este Reglamento. Los puntos informados en el resumen de la Tarjeta Cencosud como parte del beneficio de renovación de la Tarjeta Cencosud son distritos e independientes del Programa Jumbo Más, no forman parte ni serán considerados como parte del saldo acumulado de puntos del Programa Jumbo Más ni podrán ser utilizados para obtención de beneficios del Programa Jumbo Más.

20) Políticas de privacidad (tratamiento de datos personales)

Para acceder a las políticas de privacidad de Cencosud S.A., por favor ingresar al siguiente link: Clic aquí

ANEXO I AL REGLAMENTO DEL PROGRAMA JUMBO MÁS | BENEFICIO JUMBO MÁS - SMILES
  1. 1. Smiles es un programa de beneficios mediante el cual los clientes pueden acumular Millas Smiles y conseguir vuelos en sus aerolíneas asociadas o utilizarlos en los servicios de sus compañías asociadas. Los pasajes y vuelos están sujetos a disponibilidad de plazas y no incluyen tasas ni impuestos, que son a cargo del pasajero. El Beneficio Jumbo Más - Smiles al que se refiere este Anexo es válido únicamente para Smiles Argentina, programa administrado por Smiles Fidelidade S.A – Sucursal Argentina, con domicilio en Tucumán 633, piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Consulte las condiciones del programa Smiles para la República Argentina en el Reglamento del programa Smiles, disponible en el sitio Web smiles.com.ar.
  2. 2. El beneficio Jumbo Más – Smiles permite la adquisición de “Millas Canjeables” de Smiles a través del canje de puntos acumulados en la cuenta Jumbo Más. La relación de canje de puntos Jumbo Más por “Millas Canjeables” Smiles será anunciada en cada caso, cada vez que se efectúe una oferta de canje correspondiente al Beneficio Jumbo Más - Smiles.
  3. 3. El tipo de Millas Smiles que se obtendrán a través del canje de puntos Jumbo Más son las denominadas dentro del programa Smiles “Millas Canjeables”, ya que solo pueden ser utilizadas para el canje de pasajes.
  4. 4. Las “Millas Canjeables” de Smiles adquiridas a través del canje de puntos Jumbo Más se acreditarán en una cuenta Smiles de la República Argentina. Cuentas Smiles creadas en otros países distintos de la República Argentina no participan del Beneficio Jumbo Más - Smiles.
  5. 5. El DNI de la cuenta Jumbo Más y de la cuenta Smiles deberá ser el mismo. El cliente es responsable del ingreso de sus datos correctamente en el sistema.
  6. 6. Para poder acceder al Beneficio Jumbo Más - Smiles los Socios Jumbo Más tendrán que contar con una cuenta Smiles de la República Argentina bajo un DNI válido en la República Argentina.
  7. 7. Los Socios Titulares y los Socios Adicionales Jumbo Más que hayan sido autorizados desde el Sitio Web o la App Móvil Jumbo Más por el Socio Titular (ver Gestión de autorización para canjes de un Socio Adicional “Jumbo Más” en el Reglamento del Programa Jumbo Más) y que posean un número Smiles de la República Argentina (este número puede obtenerse a través de smiles.com.ar), podrán canjear sus puntos del programa Jumbo Más por “Millas Canjeables” Smiles.
  8. 8. Si al momento del canje el Socio Titular o Adicional del Programa Jumbo Más no contase con una cuenta Smiles de la República Argentina, con la aceptación del canje desde el sitio Web Jumbo Más o de la App Móvil Jumbo Más generará de manera automática la creación de una cuenta de Socio Smiles, que se regirá por los términos y condiciones Smiles, obrantes en https://www.smiles.com.ar/promo/reglamento.
  9. 9. Para acceder al Beneficio Jumbo Más – Smiles el Socio Jumbo Más ingresará al catálogo de beneficios Jumbo Más estando logueado con sus credenciales (mail y contraseña) en el sitio Web o en la App Móvil Jumbo Más. En caso de no contar con un registro previo, deberá crear una cuenta online ingresando en https://www.jumbomas.com.ar/register.
  10. 10. Las “Millas Canjeables” Smiles que se obtengan a través del canje de puntos Jumbo Más serán acreditadas en la cuenta Smiles de la República Argentina bajo el DNI del Socio Titular o del Socio Adicional Jumbo Más que realizó el canje.
  11. 11. El débito de puntos en la cuenta Jumbo Más del Socio que realice el canje por “Millas Canjeables” Smiles se realizará inmediatamente, de manera automática y la acreditación de las “Millas Canjeables” adquiridas se verá reflejada en su cuenta Smiles en un plazo máximo de setenta y dos (72) horas hábiles de realizado el canje.
  12. 12. El Socio Jumbo Más podrá utilizar las “Millas Canjeables” Smiles cuando aparezcan acreditadas en su cuenta Smiles de la República Argentina, a la que puede acceder con su número de cuenta Smiles o con su DNI en el sitio Web smiles.com.ar. Las “Millas Canjeables” no son combinables con otras promociones ni canjeables por dinero y son válidas únicamente para el programa de Smiles Argentina; no podrán ser aplicadas a programas Smiles del exterior.
  13. 13. La validez del Beneficio Jumbo Más – Smiles, objeto de este Anexo, es desde el 14/03/2022 hasta el 14/03/2023, inclusive, plazo durante el cual se efectuarán las ofertas de canje mencionadas en el punto 2., precedente. Desde el link https://www.smiles.com.ar/faq el Socio podrá acceder a las “preguntas frecuentes” de Smiles.
ANEXO II AL REGLAMENTO DEL PROGRAMA JUMBO MÁS – ÁMBITO DE APLICACIÓN LOCALES DISCO Y JUMBO
Provincia Cadena Local Dirección Localidad
Buenos Aires Disco 37-Adrogue Amenedo 302  Adrogue
Buenos Aires Disco 112-Banfield Vieytes 1042 Banfield
Buenos Aires Disco 163-Bella Vista Senador Morón 980 Bella Vista
Buenos Aires Disco 322-Disco CD Tortuguitas Buenos Aires
Buenos Aires Disco 740-Canning Av. Pedro Dreyer 4670 y Ruta 58 Canning
Buenos Aires Disco 156-Castelar Norte Av. I. Arias 3247 Castelar Norte
Buenos Aires Disco 111-City Bell Camino Gral. Belgrano y Calle 15  City Bell
Buenos Aires Disco 235-La Horqueta Blanco Encalada 2509 La Horqueta
Buenos Aires Disco 42-La Plata I Calle 30 entre 47 y 48n° 777 La Plata
Buenos Aires Disco 62-La Plata III Diagonal 79 N° 962 y calle 56  La Plata
Buenos Aires Disco 9-Lomas de Zamora Av. Meeks 256 Lomas de Zamora
Buenos Aires Disco 231-Rawson Rawson 1199  Mar del Plata
Buenos Aires Disco 55-J. B. Justo Juan B. Justo 2367 Mar del Plata
Buenos Aires Disco 57-San Luis San Luis 2034  Mar del Plata
Buenos Aires Disco 58-Constitucion Constitución 6098  Mar del Plata
Buenos Aires Disco 59-Alberti Alberti 2535  Mar del Plata
Buenos Aires Disco 154-Moron II M. Garcia esq. Belgrano Morón
Buenos Aires Disco 49-Pinamar Rivadavia y Totoras Pinamar
Buenos Aires Disco 152-Ramos Mejia Av. Rivadavia 14452 Ramos Mejia
Buenos Aires Disco 248-San Bernardo Santiago del Estero 2690 San Bernardo
Buenos Aires Disco 1-San Isidro Av. Centenario 388 San Isidro
Buenos Aires Disco 61-Tortuguitas Av. Patricias Argentinas 851  Tortuguitas
Buenos Aires Disco 4-Vicente Lopez Av. Maipú 1819 Vicente Lopez
Buenos Aires Disco 45-Villa Gesell Boulevard Boulevard Gesell y 112 Villa Gesell
Buenos Aires Disco 50-Villa Gesell Central Av. 3 N° 1081 Villa Gesell
Capital Federal Disco 107-Naon Rómulo Naon 2142 CABA
Capital Federal Disco 12-Sucre Sucre 1836 CABA
Capital Federal Disco 137-Montevideo Montevideo 1037 CABA
Capital Federal Disco 14-Las Heras I Av. Las Heras 3925 CABA
Capital Federal Disco 15-Salguero Jerónimo Salguero 2727 CABA
Capital Federal Disco 18-Quintana Av. Quintana 366 CABA
Capital Federal Disco 22-Santa Fe Av. Santa Fe 3047 CABA
Capital Federal Disco 237-Devoto Av. Beiro 3560 CABA
Capital Federal Disco 23-Alto Palermo Bulnes 2117 CABA
Capital Federal Disco 247-Jose Maria Moreno Jose Maria Moreno 362/8 CABA
Capital Federal Disco 25-Rodriguez Peña Rodriguez Peña 1430 CABA
Capital Federal Disco 2-Talcahuano Talcahuano 1055 CABA
Capital Federal Disco 30-Rivadavia Rivadavia 4905 CABA
Capital Federal Disco 35-Uriburu J. E. Uriburu 1230 CABA
Capital Federal Disco 38-Arcos Arcos 1914 CABA
Capital Federal Disco 39-Peña Peña 3050 CABA
Capital Federal Disco 3-Camacua Camacua 55 CABA
Capital Federal Disco 46-Esmeralda Esmeralda 1365 CABA
Capital Federal Disco 48-Gascon Gascón 649 CABA
Capital Federal Disco 54-Elcano Av. Elcano 3174 CABA
Capital Federal Disco 701-Directorio Av. Directorio 1251 CABA
Capital Federal Disco 916-Gorostiaga Gorostiaga 1636 CABA
Capital Federal Disco 977-Cuba Cuba 1714 CABA
Córdoba Disco 33-Alta Córdoba J. L. de Cabrera y Jujuy Alta Córdoba
Córdoba Disco 725-Alta Gracia Mejico 650 Alta Gracia
Córdoba Disco 954-Alta Gracia II Ruta 5 frente rotonda El Crucero Alta Gracia
Córdoba Disco 233-Carlos Paz Centro San Martin 311 Carlos Paz
Córdoba Disco 448-Carlos Paz Carcano Av. Carcano y Los Eucaliptos Carlos Paz
Córdoba Disco 449-Carlos Paz Acceso San Martin 1173 Carlos Paz
Córdoba Disco 29-Cerro Av. Rafael Nuñez 4630 Cerro
Córdoba Disco 436-Cerro II Av. Rafael Nuñez 3500  Cerro
Córdoba Disco 28-Velez Sarsfield Av. Velez Sarsfield 1845 Córdoba
Córdoba Disco 60-Córdoba Shopping Goycochea 2851  Córdoba
Córdoba Disco 709-Recta Martinolli II Recta Martinolli 8469 Córdoba
Córdoba Disco 468-Recta Martinolli Recta Martinoli 4300 Córdoba
Córdoba Disco 439-Colon Av. Colon 695 Córdoba Centro
Córdoba Disco 444-Velez I Av. Velez Sarsfield 132 Córdoba Centro
Córdoba Disco 450-Cosquin San Martin 1127 Cosquín
Córdoba Disco 842-Cruz del Eje Rivadavia 293 esq. Alvear Cruz del Eje
Córdoba Disco 460-Ricchieri Av. Ricchieri 3296 Jardín
Córdoba Disco 456-Jesus Maria Av. Olmos 43 Jesus Maria
Córdoba Disco 452-La Falda Av. Edén 370  La Falda
Córdoba Disco 435-Nueva Córdoba Ituzaingó 701 Nueva Córdoba
Córdoba Disco 441-Estrada J. M. Estrada 66 Nueva Córdoba
Córdoba Disco 843-Rio Ceballos San Martin 5259 Rio Ceballos
Córdoba Disco 583-Villa Allende Goycoechea 1327 Villa Allende
Santa Fe Disco 953-Venado Tuerto San Martin 760 Venado Tuerto
Provincia Cadena Local Dirección Localidad
Buenos Aires Jumbo 662-Paseo del Pilar Panamericana km. 44 Ramal Pilar Del Viso
Buenos Aires Jumbo 5214-Escobar Panamericana y Ruta 25  Escobar
Buenos Aires Jumbo 5204-Lomas Av. Gral. Frias 3201 Lomas de Zamora
Buenos Aires Jumbo 5202-Martinez Edison 2680 Martinez
Buenos Aires Jumbo 5208-Moron Juan Manuel de Rosas 658/67  Morón
Buenos Aires Jumbo 138-Nordelta Av. de los Lagos 6660 Nordelta
Buenos Aires Jumbo 5626-Pacheco Boulogne Sur Mer 1275 Pacheco
Buenos Aires Jumbo 5211-Pilar Las Magnolias 698  Pilar
Buenos Aires Jumbo 628-Punta Chica Av. Libertador 2261 Punta Chica - San Fernando
Buenos Aires Jumbo 5034-Quilmes II Av. Mitre 1075  Quilmes
Buenos Aires Jumbo 5207-Quilmes Av. Calchaquí 3950 Quilmes
Buenos Aires Jumbo 5205-San Martin San Lorenzo 3773 San Martin
Buenos Aires Jumbo 5275-La Palmera Corrientes y Libertador Vicente Lopez
Capital Federal Jumbo 121-Las Heras Gral. Las Heras 2564 CABA
Capital Federal Jumbo 5206-Palermo Av. Bullrich 345 CABA
Capital Federal Jumbo 5213-Madero Lola Mora 427 (esq. Juana Manso) Dique 1 CABA
Capital Federal Jumbo 5231-Almagro Guardia Vieja 4558 CABA
Capital Federal Jumbo 5259-Tronador Tronador 801 CABA
Capital Federal Jumbo 5260-Acoyte Acoyte 702 y Felipe Vallese CABA
Capital Federal Jumbo 5263-Juan B. Justo Juan B. Justo 4701 y Terrero CABA
Capital Federal Jumbo 5276-Arenales Arenales 868 CABA
Capital Federal Jumbo 5961-Santa Fe Santa Fe 4900 CABA
Capital Federal Jumbo 5201-Escalada Av. Fernandez de la Cruz 4602 Remedios de Escalada
Chubut Jumbo 5277-Comodoro Av. Ingeniero Ducos 1300 Comodoro Rivadavia
Cordoba Jumbo 451-Nuevo Centro Av. Duarte Quirós 1400 Alto Alberdi
Mendoza Jumbo 5225-Vistapueblo San Martin 6279 Carrodilla, Lujan de Cuyo
Mendoza Jumbo 5222-Mendoza Gral. Balcarce 897 Godoy Cruz
Neuquén Jumbo 5216-Neuquen J. J. Lastra 2400 Neuquén
Salta Jumbo 5251-Salta Sarmiento y Arenales Salta
Santa Fe Jumbo 5218-Rosario Nansen 255 esq. Mercante Rosario
Tucumán Jumbo 5227-Tucuman Fermín Cariola 42  Yerba Buena